Divagaciones sobre las tecnologías presentes, pasadas y futuras... además de su aplicación en la educación.
Ojo por ojo
Si consideramos que, en su definición más básica, las TIC´s son tecnologías de información, al retroceder en el tiempo veremos que durante toda la historia de la humanidad, nuestra especie se ha valido de ellas. Desde el sistema cuneiforme de escritura sumeria, pasando por los funcionales quipus inca hasta nuestros actuales procedimientos informáticos, las TIc´s siempre nos han acompañado. Veamos, entonces, la aplicación de una tecnología de información creada en el próximo oriente, y que es fundamental: la escritura.
Los sumerios, creadores de la escritura, se valieron de su tecnología para crear una estela de piedra que resumía sus leyes más importantes, y que es reconocida como el primer cuerpo legal escrito en la historia: el código de Hammurabi
En las culturas del Proximo Oriente Antiguo son los dioses quienes dictan las leyes a los hombres, por eso, las leyes son sagradas. En este caso es el dios Samash, el dios sol, dios de la Justicia , quien entrega las leyes al rey Hammurabi de Babilonia (1790-1750? a. C.), y así se representa en la imagen que figura sobre el conjunto escrito de leyes. De hecho, antes de la llegada de Hammurabi al poder, eran los sacerdotes del dios Samash los que ejercían como jueces pero Hammurabi estableció que fueran funcionarios del rey quienes realizaran esta trabajo, mermando así el poder de los sacerdotes y fortaleciendo el del propio monarca.
El código de leyes unifica los diferentes códigos existentes en las ciudades del imperio babilónico. Pretende establecer leyes aplicables en todos los casos, e impedir así que cada uno "tomara la justicia por su mano", pues sin ley escrita que los jueces hubieran de aplicar obligatoriamente, era fácil que cada uno actuase como más le conviniera.
En el código no se distingue entre derecho civil y penal, es decir, se dan leyes que regulan los asuntos de la vida cotidiana y leyes que castigan los delitos. Se regulan el comercio, el trabajo asalariado los préstamos, los alquileres, las herencias, los divorcios, la propiedad, las penas por delitos de robo, asesinato, etc.
El texto del código también nos sirve para saber cuales eran los delitos más frecuentes en la época, pues un delito previsto será un hecho que acontece con relativa frecuencia. En las penas aplicadas a cada delito se distingue si hay intencionalidad o no, y cual es la "categoría de la víctima y la del agresor". Así la pena es mayor si se ha hecho adrede y menor si ha sido un accidente; mayor si la víctima es un hombre libre menor si es un esclavo.
La mayoría de las penas que aparecen en el código son pecuniarias (multas), aunque también existe pena de mutilación e incluso pena de muerte. En algunos casos la ley opta por aplicar talión, es decir, hacer al agresor lo mismo que él hizo a su víctima siempre que ambos sean de la misma "categoría".
Etiquetas:
Tecnologias históricas.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
Walter, no puedo acceder a tus nuevas entradas!!
ResponderEliminarVuelvo en seguida para postear!!
César Biernay